miércoles, 30 de abril de 2014

Guia del Comprador IV



                                                                                     www.lopezdevelop.com


COMPROBACIÓN DE POSIBLES DEUDAS SOBRE LA PROPIEDAD 




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Su GESTOR solicitará al "Registro de la Propiedad" un informe actualizado para comprobar si la propiedad que compramos tiene alguna deuda (Nota simple o informe Registral)
Además, comprobará las facturas de electricidad, impuestos locales, y comunidad de propietarios a la que pueda pertenecer. 
El día de la firma ante el Notario, se aportarán certificados que demuestren que está libre de deudas. A su vez, el Notario solicitará al Registro de la Propiedad su propio informe, por lo cual se estará produciendo una doble investigación que garantiza al comprador su tranquilidad.




CUANDO EL VENDEDOR ES EXTRANJERO Y NO RESIDENTE EN ESPAÑA


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Cuando el vendedor es extranjero y no residente y compró la propiedad con posterioridad a Diciembre de 1.986 , debemos retenerle el 3% del valor de compra y entregar dicha cantidad a la Hacienda Pública Española en garantía de pago de posibles impuestos del vendedor. Si el vendedor es extranjero pero tiene tarjeta de residente en España, no habrá que practicarle esta retención.





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viernes, 25 de abril de 2014

Guia del comprador III




                                                                               www.lopezdevelop.com


 ¿QUE ES LA "ESCRITURA"?


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Coincidiendo con el último pago pactado en el contrato privado, firmaremos ante un Notario Público el documento que nos acredita como propietarios del inmueble que hemos comprado. Este documento se llama "Escritura Pública de compraventa", y en él se detallan perfectamente la identidad de vendedores y compradores, la descripción exacta del inmueble, sus linderos, su porcentaje de participación en los elementos comunes de la urbanización a la que pertenece ( piscina, jardines, etc...).  Además, se hace constar que la propiedad se vende libre de cargas y sin arrendar , así como otros elementos de interés.


EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD 


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Allí se registran todos los cambios de titularidad de inmuebles, herencias, donaciones, hipotecas, deudas, etc. Por ello constituye un increíble "archivo de información " actualizado sobre la propiedad que estamos comprando. Aún cuando la inscripción de la Escritura en el "Registro de la Propiedad" no es obligatoria en España, es altamente recomendable su práctica. 





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