COMPROBACIÓN DE POSIBLES DEUDAS SOBRE LA PROPIEDAD
Su GESTOR solicitará al "Registro de la Propiedad" un informe actualizado para comprobar si la propiedad que compramos tiene alguna deuda (Nota simple o informe Registral)
Además, comprobará las facturas de electricidad, impuestos locales, y comunidad de propietarios a la que pueda pertenecer.
El día de la firma ante el Notario, se aportarán certificados que demuestren que está libre de deudas. A su vez, el Notario solicitará al Registro de la Propiedad su propio informe, por lo cual se estará produciendo una doble investigación que garantiza al comprador su tranquilidad.
CUANDO EL VENDEDOR ES EXTRANJERO Y NO RESIDENTE EN ESPAÑA
Cuando el vendedor es extranjero y no residente y compró la propiedad con posterioridad a Diciembre de 1.986 , debemos retenerle el 3% del valor de compra y entregar dicha cantidad a la Hacienda Pública Española en garantía de pago de posibles impuestos del vendedor. Si el vendedor es extranjero pero tiene tarjeta de residente en España, no habrá que practicarle esta retención.
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