lunes, 30 de junio de 2014

SE PUEDE TRABAJAR EN DIRECCIÓN DE PROYECTOS INMOBILIARIOS EN ESPAÑA?


Me han planteado muchas veces esta pregunta, se puede trabajar de "eso" en España?

Desde mi experiencia y contestando directamente a la pregunta objeto de este debate.
 

Considero y espero que SI.
 

Y, que se siga mejorando y valorándose la figura del director/ra de proyectos y sobre todo, como bien practico, se siga pensando en este director como un hombre o mujer de confianza del promotor y/o propietario. 

Hay pequeños ejemplos en el sector donde suelo trabajar como entregarnos la llaves de sus casas e incluso indicándonos los códigos de alarmas de sus promociones, que quizás para muchos de vosotros puedan ser pocos importantes pero para mí es primordial.  


La confianza y el buen hacer las cosas deben ser nuestro apellido para ser considerados casi imprescindibles para el desarrollo de un proyecto inmobiliarios. 






Lopez develop sl
www.lopezdevelop.com

lunes, 16 de junio de 2014

NOW I AM THE OWNER, WHAT NEXT?



Each year apart from the electricity and water, you will be required to pay a local tax called IBI as well as the community fees relevant to the community of owners where the property is situated. 




From the second year, you will be required to pay as well a tax to the Spanish government ("Renta y Patrimonio"). 





We suggest you take out an insurance policy to cover any possible damage, and as well a maintenance agency to look after the property and deal with the tax department on your behalf when you are abroad. You can obtain a good income renting out your property through a specialised agency. Of course, enjoy your new property in Spain. 

miércoles, 11 de junio de 2014

YA SOY PROPIETARIO de la propiedad, ¿AHORA QUÉ?



Después de comprar su vivienda, tenga en cuenta:


Cada año, aparte de la electricidad y el agua, pagaremos el impuesto local (IBI) y, si procede,  las cuotas de comunidad de propietarios a la que pertenezcamos.

 


A partir del segundo año también un impuesto al Estado Español  "Renta y Patrimonio", si así lo determina la ley vigente.






Recomiendo que se contrate una póliza de seguros que cubra un combinado de garantías y que además se nombre a una empresa de mantenimiento para cuidar del inmueble y de nuestras necesidades fiscales en nuestra ausencia.
También puede obtenerse una rentabilidad alquilando la propiedad a través de una Agencia especializada. Y por supuesto, disfrute de su nueva propiedad.