Después de comprar su vivienda, tenga en cuenta:
Cada año, aparte de la electricidad y el agua,
pagaremos el impuesto local (IBI) y, si procede, las cuotas de comunidad de propietarios a la
que pertenezcamos.
A partir del segundo año también un impuesto al Estado
Español "Renta y Patrimonio",
si así lo determina la ley vigente.
Recomiendo que se contrate una póliza de seguros que
cubra un combinado de garantías y que además se nombre a una empresa de
mantenimiento para cuidar del inmueble y de nuestras necesidades fiscales en
nuestra ausencia.
También puede obtenerse una rentabilidad alquilando la
propiedad a través de una Agencia especializada. Y por supuesto, disfrute de su
nueva propiedad.


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