viernes, 25 de abril de 2014

Guia del comprador III




                                                                               www.lopezdevelop.com


 ¿QUE ES LA "ESCRITURA"?


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Coincidiendo con el último pago pactado en el contrato privado, firmaremos ante un Notario Público el documento que nos acredita como propietarios del inmueble que hemos comprado. Este documento se llama "Escritura Pública de compraventa", y en él se detallan perfectamente la identidad de vendedores y compradores, la descripción exacta del inmueble, sus linderos, su porcentaje de participación en los elementos comunes de la urbanización a la que pertenece ( piscina, jardines, etc...).  Además, se hace constar que la propiedad se vende libre de cargas y sin arrendar , así como otros elementos de interés.


EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD 


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Allí se registran todos los cambios de titularidad de inmuebles, herencias, donaciones, hipotecas, deudas, etc. Por ello constituye un increíble "archivo de información " actualizado sobre la propiedad que estamos comprando. Aún cuando la inscripción de la Escritura en el "Registro de la Propiedad" no es obligatoria en España, es altamente recomendable su práctica. 





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